Este sitio web utiliza cookies y otras tecnologías, propias y de terceros, para obtener información sobre tus preferencias, navegación y comportamiento en este sitio web. Esto nos permite proporcionarte distintas funcionalidades en la página web, personalizar la forma en la que se te muestra, o analizar nuestro tráfico.Puedes consultar más información sobre nuestra Política de CookiesPuedes aceptar todas las cookies pulsando el botón “Permitir cookies” o configurarlas o rechazar su uso clicando "Configurar cookies".
Las cookies estrictamente necesarias son aquellas de carácter técnico, que deben estar siempre activadas para que la web funcione correctamente, así como para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.
Esta web utiliza Google Analitycs para recopilar información anónima que nos permita medir, por ejemplo, el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares. Activando estas cookies, nos ayudarás a continuar mejorando nuestra web en base los intereses de nuestros usuarios.
Volver al Menú
La autoridad competente para certificar la capacitación profesional y el ámbito competencial para el ejercicio de la profesión de ICCP en el extranjero es el Colegio. El CICCP certifica a sus colegiados ante las administraciones públicas extranjeras su capacitación para el ejercicio profesional de manera que se les permita proceder con sus trámites de visado, empleo o reconocimiento profesional en el extranjero. El CICCP certifica así mismo a empresas en lo que se refiere a la capacidad técnica de los equipos de ICCPs colegiados contratados por estas en procesos de contratación pública en el extranjero. El servicio de Certificación y Acreditación Profesional se rige por el reglamento aprobado por el consejo general el Colegio en el año 2019 con un sistema de verificación digital de los certificados emitidos mediante un Código Seguro de Verificación – CSV, con su correspondiente código QR, que permite comprobar a terceros la veracidad de los documentos emitidos a través de la Sede Electrónica del CICCP. Los diferentes tipos de certificado que se emiten desde el departamento internacional son:
A continuación referimos los tipos de certificados que se emiten desde el Servicio Internacional del Colegio. Todos los certificados emitidos por el CICCP tendrán una validez de 6 meses a partir de la fecha de emisión. Para consultar los precios de dichos certificados pinche aquí.
Estos certificados tienen la finalidad de certificar la condición de colegiado del solicitante así como verificar su habilitación profesional y el cumplimiento de los requisitos académicos necesarios para la realización de trámites de libre prestación y de libre establecimiento en países destino.
Dichos certificados son nominativos y específicos para cada país destino.
Datos necesarios para solicitar el certificado
Estos certificados tienen como objeto identificar la actividad profesional realizada por el colegiado durante su carrera profesional. Este certificado es requerido en algunos países al ser necesaria experiencia para el ejercicio profesional o para la realización de trámites de inmigración.
Estos certificados identifican el ámbito competencial de la profesión regulada de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos y tienen como fin clarificar la equivalencia profesional con profesiones de otros países del mismo sector.
Dichos certificados son nominativos.
La documentación necesaria para la solicitud de una libre prestación en otro país de la Unión Europea se compone de los siguientes documentos:
Estos certificados tienen como objeto certificar la capacitación técnica de los profesionales colegiados que integran una oferta de una licitación específica en los términos definidos por el pliego para su valoración.
El Colegio ofrece servicios de legalización documental para sus certificados y documentos públicos de terceros. Los documentos de entidades ajenas al Colegio deberán haber sido emitidos por la Administración pública para poder ser legalizadas o siendo privados, haber sido legitimada su firma en primera instancia. Estos documentos serán tramitados de acuerdo a la siguiente indicación según el país de destino.
Firmantes Convenio de la Haya: Deben ser legalizados por vía notarial, en el siguiente orden: Notario y Colegio Notarial – Servicio ofrecido por el CICCP.
Vía diplomática: Deben ser legalizados por vía notarial, en el siguiente orden: Notario, Colegio Notarial (servicio ofrecido por el CICCP), Ministerio de Justicia-Legalizaciones (C/ de la Bolsa, 8 – 28071 Madrid Tel. 902007214), Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (c/ Juan de Mena, 4 – 28071 Madrid. Tel: 91 379 16 55) y embajada/consulado en España del país en el cual vaya a surtir efecto el documento..
Como complemento a las labores de legalización y tramitación documental de documentos propios y de terceros, se han ampliado los servicios de gestión delegada ante instituciones académicas para la obtención de documentos necesarios para el inicio de procesos de reconocimiento de la capacidad de ejercicio legal en terceros países.
Este nuevo servicio en fase de piloto se encuentra operativo en las Universidades de Granada y Politécnica de Madrid, ampliándose durante el próximo año 2020 a la mayoría de centros que imparten los títulos habilitantes para el ejercicio de nuestra profesión regulada.
El Colegio ofrece a sus colegiados revisar la documentación aportada por nuestros colegiados a título personal o en representación de sus empresas en procesos de movilidad profesional.
Del mismo modo, a petición de organizaciones profesionales y entidades adjudicadoras extranjeras, el Servicio realiza labores de verificación de la documentación aportada por nuestros colegiados a título personal o en representación de sus empresas.
Con la aprobación de normativas que establecen procesos de verificación, estos informes de verificación tendrán un mayor peso en la actividad general del Servicio.