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29 may 2025
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Vitoria-Gasteiz ha estimado la posición del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, y de la propia Agencia Vasca del Agua, en una sentencia dictada el pasado 22 de mayo. Según el fallo, ocho plazas de “Técnico de dirección de proyectos y obras hidráulicas” deben reservarse en exclusiva a profesionales con el título de ingeniero de caminos, canales y puertos.
La Agencia Vasca del Agua es el ente público responsable de la política de aguas, en el ámbito de las competencias que corresponden a la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y ejerce las funciones relativas a intervenciones para la protección del dominio público hidráulico y las obras hidráulicas de interés general.
La resolución desestima así el recurso presentado por el Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, y reafirma la necesidad de que dichos puestos sean desempeñados por profesionales con la máxima cualificación en el ámbito de la ingeniería civil hidráulica.
Los ingenieros de caminos son los únicos profesionales con competencias globales y extensas en la redacción y dirección de proyectos de obra pública hidráulica, en virtud de los estudios cursados.
El requisito de titulación no responde a un criterio corporativo u organizativo, sino funcional, inherente al contenido del puesto de trabajo y a las funciones o tareas a ejercer por quien lo desempeña.
No todos los profesionales están capacitados para ejercer todas las funciones en el empleo público, especialmente aquellas de carácter técnico o facultativo. La determinación de los requisitos de acceso debe responder al principio constitucional de capacidad en el acceso y desempeño de la función pública (art. 103.3 de la Constitución Española).
Por ello, los ingenieros técnicos de obras públicas y los graduados en ingeniería civil tienen limitada la competencia a la especialidad que hayan cursado y a trabajos de menor envergadura y complejidad.
La Sentencia considera que las funciones asignadas a los puestos en cuestión, relacionadas con la dirección, coordinación y ejecución de proyectos hidráulicos, requieren una alta cualificación técnica, que solo puede garantizarse mediante la titulación de ingeniero de caminos, canales y puertos.
La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia.
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