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6 sep 2024
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, fechada el 31 de julio de 2024 y notificada el 5 de septiembre, estima el recurso del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos respecto al Decreto 11/2022, de 16 de marzo, por el que se aprueban las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) correspondientes a los funcionarios y al personal laboral de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y en concreto respecto los puestos de Jefe/a de Servicio de Obras Hidráulicas y de Jefe/a del Área de Ordenación del Territorio. La sentencia anula el referido Decreto 11/2022 en lo que se refiere a los puestos de trabajo impugnados por contravenir el ordenamiento jurídico. En relación al puesto de Jefe/a de Servicio de Obras Hidráulicas considera que no puede estar abierto a cualquier titulación, tal y como estaba en la RPT recurrida, y que quien lo desempeñe tiene que tener formación técnica en materia de aguas y de obras hidráulicas.
El Tribunal considera que la Administración debe hacer un estudio de la titulación o titulaciones adecuadas para el puesto y la ordena que incorpore a la relación de puestos de trabajo la titulación o titulaciones técnicas que se requieran para su desempeño, que han de ser suficientes e idóneas para ejercer las tareas del puesto. Respecto del puesto de Jefe/a del Área de Ordenación del Territorio (de nueva creación y reservado a Arquitecto en la RPT impugnada) el Tribunal obliga a la Administración a definir adecuadamente el puesto, incluyendo, además de la de Arquitecto, la titulación de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos entre las titulaciones que dan el acceso al mismo.
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