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18 dic 2025
Madrid, 18 de diciembre 2025. Los Consejos y Colegios de Ingenieros, y de Arquitectos de España, entre los que se encuentra el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, junto a las Asociaciones Profesionales de los Cuerpos de Ingenieros Superiores y Arquitectos del Estado, solicitan la paralización de la proposición de ley, en proceso de tramitación en el Congreso de los Diputados, que propone la supresión de los subgrupos A1 y A2 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) y su sustitución por un único grupo A.
La propuesta de Ley elimina una diferenciación esencial de categorías que se debe seguir basando, como hasta el momento, en la responsabilidad, la excelencia formativa y la exigencia de acceso de los profesionales que integran los subgrupos.
El presidente del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, Miguel Ángel Carrillo, ha asegurado que “La fusión de los grupos A1 y A2 pone en riesgo la diferenciación profesional basada en la formación, competencias y responsabilidades que la normativa actual reconoce. Mantener estos niveles distintos es imprescindible para salvaguardar la calidad técnica y la seguridad jurídica en el ejercicio profesional, en beneficio de la sociedad”.
Los firmantes, que representan conjuntamente a más de 275.000 profesionales, manifiestan su preocupación ante esta iniciativa, tal y como ha sido planteada, porque tiene un impacto negativo directo sobre la ordenación de los Cuerpos Superiores del Estado. Especialmente, en sectores profesionales estratégicos en la sociedad como la ingeniería pública, la arquitectura, las infraestructuras, la energía, la industria, la edificación, el transporte, el agua, las telecomunicaciones y el medio ambiente.
La proposición, tal y como se ha formulado, no ofrece un desarrollo suficiente sobre su impacto real en la definición de funciones y requisitos de puestos, la carrera profesional y la promoción interna, los sistemas selectivos, ni la ordenación de cuerpos con alta responsabilidad técnica.
Sin un encaje normativo detallado, el riesgo que genera es una reforma que aumenta la litigiosidad, dificulta la gestión de recursos humanos y reduce la capacidad de la Administración para atraer y retener talento técnico altamente cualificado.
Las instituciones firmantes condicionan cualquier modificación en este ámbito a un reconocimiento adecuado de la formación técnica, reforzando la profesionalización y la eficacia, la atracción de talento, el reconocimiento de la formación y la responsabilidad, así como la movilidad interna con garantías.
Todo ello debe hacerse sin eliminar una diferenciación que responde a criterios objetivos de responsabilidad y exigencia de acceso y que contribuye al interés general. Cualquier reforma debe mantener cuerpos diferenciados cuando existan diferencias reales de responsabilidad y formación, evitar automatismos o equiparaciones indiscriminadas, y preservar el valor de la formación universitaria superior (grado + máster) y de los procesos selectivos exigentes.
El CIE, el CSCAE y Asociaciones Profesionales de los Cuerpos de Ingenieros Superiores y Arquitectos del Estado se ponen a disposición de los grupos parlamentarios y del Gobierno para aportar propuestas técnicas que permitan una reforma rigurosa, constitucionalmente sólida y alineada con el interés general, garantizando la calidad y seguridad del servicio público.
La clasificación de cuerpos y escalas en la Administración Pública no obedece a una cuestión meramente retributiva, sino que es un instrumento esencial de organización, que debe seguir respondiendo a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como a criterios de eficacia, responsabilidad y seguridad jurídica.
El artículo 76 del EBEP fundamenta la existencia de los subgrupos A1 y A2 en el nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y las características y exigencia de los procesos selectivos de acceso.
La supresión de esta diferenciación, sin un modelo alternativo sólido que preserve estos criterios, supone una desestructuración de los cuerpos superiores de la Administración que provoca un alto riesgo de confusión funcional, pérdida de coherencia organizativa e incremento de la litigiosidad.
En el ámbito de la Ingeniería y la Arquitectura, la actual diferenciación entre los cuerpos encuadrados en A1 y A2 se apoya en realidades objetivas y contrastadas:
Esta diferencia formativa se proyecta directamente sobre la amplitud competencial, la capacidad de dirección y supervisión, el nivel de responsabilidad técnica y jurídica, y la exigencia de las pruebas selectivas.
Por ello, la diferenciación A1/A2 no es arbitraria ni histórica, sino funcional y necesaria para el correcto desempeño de la Administración, y constituye un elemento esencial para garantizar la asignación proporcionada de funciones y responsabilidades en el ejercicio de la función pública.
En el debate parlamentario se ha planteado la posibilidad de crear un grupo A único, incorporando un “plus” o complemento para reconocer titulaciones universitarias de mayor duración, desplazando el foco desde la responsabilidad y la cualificación profesional hacia una mera compensación interna dentro del grupo.
Sin embargo, este enfoque presenta una carencia estructural grave: reconoce grados de mayor duración, pero elimina toda referencia específica a las profesiones reguladas que exigen obligatoriamente un itinerario de grado + máster habilitante, con una carga formativa y competencial claramente superior.
Este planteamiento desdibuja la singularidad de las profesiones reguladas de nivel máster, reduce la formación superior a un mero factor retributivo, e ignora que el acceso a determinados cuerpos A1 se basa no solo en créditos, sino en formación avanzada, atribuciones profesionales y procesos selectivos especialmente exigentes.
Si existe la necesidad de reconocer diferencias formativas dentro del grupo A, estas deben abordarse mediante un marco normativo claro, estable y coherente, y no mediante soluciones accesorias que, en la práctica, vacían de contenido la distinción entre cuerpos.
Las titulaciones habilitantes de Ingeniería y Arquitectura se sitúan, conforme a la normativa europea y nacional, en el máximo nivel universitario y de cualificación profesional en relación con el acceso al ejercicio profesional.
Esta doble adscripción, académica y profesional, es plenamente coherente con la Directiva 2005/36/CE y su transposición al ordenamiento jurídico español, que reconoce estas titulaciones como habilitantes para el ejercicio de profesiones reguladas de alta responsabilidad.
La eliminación de la diferenciación entre cuerpos asociados a niveles EQF 6 y EQF 7 supone un alejamiento del modelo europeo, dificulta la comparabilidad internacional y debilita la posición de España en el reconocimiento y la movilidad de sus profesionales técnicos superiores, con el consiguiente impacto negativo sobre la competitividad, la movilidad profesional y la capacidad de España para atraer y retener talento técnico de alto nivel.
El Consejo de la Ingeniería de España agrupa a colegios y consejos de colegios de ingeniería con el objetivo de coordinar, a nivel nacional, actuaciones en asuntos de interés común de las profesiones reguladas de ingeniería, defendiendo sus valores y promoviendo su perfeccionamiento.
Forman parte de CIE el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales; el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos; el Colegio Oficial de Ingenieros de Montes; el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos; el Colegio Nacional de Ingenieros del ICAI; el Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos; el Consejo Superior de Colegios de Ingenieros de Minas; el Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación; y el Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. En su conjunto, estas corporaciones representan a un colectivo aproximado de 200.000 ingenieros e ingenieras.
El Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) es el órgano de representación estatal de los Colegios Oficiales de Arquitectos y representa a la profesión de Arquitecto en el ámbito nacional e internacional, impulsando la calidad de la arquitectura, la edificación y el interés general asociado al entorno construido. En su conjunto, los Colegios integrados en el CSCAE representan a aproximadamente 75.000 arquitectos y arquitectas.
Asociación de Ingenieros Industriales del Estado (ASIINDUS), la Asociación del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado (AICAPE), la Asociación de Ingenieros de Minas de las Administraciones Públicas (AIMAP), la Asociación de Técnicos Superiores de Informática de la Administración del Estado (ASTIC) , la Asociación de Ingenieros Agrónomos de la Administración General del Estado (ANIADE), la Asociación de Ingenieros Navales del Estado (AINAVAL), la Asociación del Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos del Estado (ACIAE), la Asociación Sindical de Ingenieros Agrónomos de Hacienda (ASIAH) y la Asociación Profesional de Arquitectos Superiores de Hacienda (APASH).
En su conjunto representan aproximadamente a 4.000 ingenieros y arquitectos en la Administración General del Estado.
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