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21 may 2025
La institución inicia acciones para que el Gobierno la desestime y remite un escrito formal al grupo parlamentario que la ha promovido para que rectifique
La Comisión de la Función Pública del Senado aprobó ayer, 20 de mayo, a iniciativa del Grupo Parlamentario Popular, una moción que insta al Gobierno a “adoptar todas las medidas necesarias y las modificaciones normativas pertinentes al objeto de posibilitar la reclasificación de los cuerpos de ingenieros técnicos y arquitectos técnicos en el grupo de clasificación profesional A1 del personal funcionario de carrera”.
El Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos manifiesta su total disconformidad frente a esta moción y ha anunciado la realización de acciones con distintos grupos parlamentarios y con el Gobierno para garantizar que se mantengan diferenciados como hasta ahora, y con niveles diferentes, los Cuerpos de profesiones reguladas en el ámbito de la ingeniería y de la ingeniería técnica. Así se lo ha trasladado esta mañana al grupo promotor de esta moción en el Senado a través de un escrito formal.
Los Cuerpos de Ingenieros (profesionales con título de nivel de máster) y los Cuerpos de Ingenieros Técnicos (profesionales con título de nivel de grado) tienen diferente nivel de clasificación profesional en función del diferente nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso a cada Cuerpo de conformidad al artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado Público. Por ello, el Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado está encuadrado en el subgrupo A1, mientras el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas está encuadrado en el subgrupo A2.
El diferente nivel actual del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado (A1) y del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas (A2) se basa en que los títulos de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos (o de Máster habilitante) y de Graduado en Ingeniería Civil (habilitante para el ejercicio de la Ingeniería Técnica de Obras Públicas) otorgan capacidades y competencias diferentes, que dan lugar a responsabilidades diferentes, y dan acceso a profesiones reguladas diversas.
Las pruebas de acceso a cada Cuerpo, más completas y exigentes son las del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, y también marcan la diferencia de nivel a efectos de su clasificación.
Además, la polivalencia de los Ingenieros de Caminos y la limitación de los Ingenieros Técnicos (Grados en Ingeniería Civil) se trata sin duda de una razón que el Estado y la Administración han valorado en el ejercicio de su facultad de autoorganización al decidir tener dos Cuerpos diferenciados, con niveles diferentes.
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